sábado, 21 de agosto de 2010

CALENDARIO ESCOLAR 2010-2011



ALONSO JOSÉ RICARDO LUJAMBIO IRAZÁBAL, Secretario de Educación Pública con fundamento en los artículos 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 12, fracciones II y XIII, 51, primer párrafo y 53, primer párrafo de la Ley General de Educación; 5, fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y


C O N S I D E R A N D O

Que es atribución de la Secretaría de Educación Pública el organizar, vigilar y desarrollar en las escuelas oficiales y particulares la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y normal;

Que de manera exclusiva, le corresponde a la referida Dependencia el establecer el calendario escolar aplicable en toda la República para cada ciclo lectivo de la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica, necesario para cubrir los planes y programas de estudio aplicables, el cual deberá contener doscientos días de clase para los educandos y se publicará en el Diario Oficial de la Federación;

Que asimismo la Autoridad Educativa Federal cuenta con las atribuciones exclusivas necesarias para garantizar el carácter nacional de la educación antes referida, y

Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:


ACUERDO NÚMERO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CICLO LECTIVO 2010-2011, APLICABLE EN TODA LA REPÚBLICA PARA LA EDUCACIÓN PREESCOLAR, PRIMARIA, SECUNDARIA, NORMAL Y DEMÁS PARA LA FORMACIÓN DE MAESTROS DE EDUCACIÓN BÁSICA


ARTÍCULO PRIMERO.- Se establece el calendario escolar para el ciclo lectivo 2010-2011, aplicable en toda la República para las escuelas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica, oficiales y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional, que a continuación se indica:

ARTÍCULO SEGUNDO.- Para la aplicación del calendario escolar a que se refiere el presente Acuerdo, se deberá tener en cuenta que el inicio de cursos para los niveles educativos mencionados en el artículo primero será el lunes 23 de agosto de 2010.

T R A N S I T O R I O S

PRIMERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

SEGUNDO.- La Secretaría de Educación Pública proporcionará la orientación e información adicional pertinente para la aplicación del Calendario Escolar a que se refiere el presente Acuerdo.

viernes, 23 de julio de 2010

EL ISSSTE NO SE PRIVATIZA NI SE VENDE


Vamos a retomar un tema que hace algún tiempecito atrás causó muchísima polémica y angustia a los trabajadores afiliados al ISSSTE; aunque ya ha pasado algún tiempo, el panorama para muchos trabajadores aún no es claro y sigue la infinidad de preguntas girando sobre el mismo tema “mi pensión”, “mi retiro”, “mi jubilación”.
Transcribo textualmente la información plasmada en una manta plástica del SNTE, que la recogí como basura y dije: “de algo me ha de servir”, así que reza lo siguiente:
SNTE Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación.
1.       EL ISSSTE NO SE PRIVATIZA NI SE VENDE. La reforma es para rescatarlo en bien de los trabajadores.
2.       Con la reforma el ISSSTE se fortalece como patrimonio de los trabajadores e institución social del Estado.  Se rescata para garantizar nuestros derechos y prestaciones.
3.       La reforma no afecta a los pensionados y jubilados. Por mandato de ley el Estado asume la obligación para garantizar a todos el pago de su pensión como ha sido hasta ahora. Se preservan íntegramente todos sus derechos y prestaciones.
4.       La reforma reconoce completamente la antigüedad y aportaciones de los trabajadores en activo:
-          Gozarán de una pensión como jubilados equivalente al promedio de sueldos del último año de servicio. Tendrán derecho a optar entre: a) permanecer en un sistema de pensiones de reparto como el actual, o b) trasladarse al nuevo régimen de cuentas individuales. ¡El cambio de sistema de ninguna manera puede hacerse obligatorio!
5.       Se crea un ORGANISMO PÚBLICO para administrar los recursos pensionarios de las futuras generaciones: PENSIONISSSTE.
-          El organismo concentrará las aportaciones al SAR de los trabajadores en activo.
-          Se regirá por un órgano de gobierno que contará con la representación de los trabajadores.
6.       Los cambios al sistema de pensiones vigente serán graduales, para reducir al mínimo su impacto en los trabajadores:
-          Hasta el 2010 iniciarán los ajustes a la edad de jubilación y posteriormente se ajustará cada dos años.
-          La aportación del trabajador se incrementará gradualmente en un mínimo porcentaje de 0.525% a partir de 2008, para llegar hasta el 2012 a un incremento límite de 2.625%.
7.       Para los futuros trabajadores la reforma significa:
-          Un régimen de pensiones sustentable que garantiza una pensión digna para su retiro.
-          Contribuciones a su fondo de retiro de hasta 21.3% del salario, en donde los trabajadores contribuirán con 6.125% más 2% de ahorro voluntario.
-          El beneficio adicional de trasladar el 5% de la subcuenta de vivienda a su ahorro para el retiro.
-          El Gobierno Federal incrementa sus aportaciones al ISSSTE, del 19.75% actual al 31.645%.
-          El Gobierno asume íntegramente el déficit presupuestario existente, para cubrir las pensiones de los actuales jubilados y de los trabajadores en activo.
-          El gobierno aportará una cuota social de 3.5% del salario del trabajador para mejorar los servicios de salud, que equivalen a mas de 6 mil millones de pesos anuales.
-          Igualmente aportará una cuota social específica para el fondo de pensiones equivalente al 5.5% de un salario mínimo.
-          Adicionalmente, el gobierno federal se compromete a destinar recursos extraordinarios para fortalecer los servicios del ISSSTE en beneficio de los trabajadores.
-          El ISSSTE recibirá 8 mil millones de pesos en los próximos tres años, destinados exclusivamente a mejorar los servicios de salud.
-          Recibirá también 2 mil millones de pesos para ampliar de inmediato la cobertura del Fondo de Préstamos Personales.
-          Por primera vez se otorgarán créditos hipotecarios a los pensionados.
-          Además, 300 mil trabajadores eventuales y por honorarios gozarán de los derechos de seguridad social.
FIN DEL CARTEL.

Vamos rumbo al 2011 y realmente la millonada que se menciona anteriormente no ha impactado en nuestra sociedad; no ha llegado el recurso hasta la gente que anda en el campo de batalla, seguimos con los mismos servicios de salud que teníamos en el 2008 y con las mismas carencias; seguiremos esperando para ver si la reforma al ISSSTE realmente impacta en los trabajadores de la educación.

SR. HARO.

sábado, 3 de julio de 2010

FOVISSSTE: créditos tradicionales.

(dejo aquí la información de un folleto que conseguí en la oficina de FOVISSSTE en Zacatecas, espero y les sirva)

CREDITOS TRADICIONALES EN 3 PASOS:

1. ELIGE TU VIVIENDA: selecciona las opciones que más se adaptan a tus necesidades de acuerdo al monto de tu crédito, condiciones de calidad, ubicación y precio.
2. FORMALIZA TU CRÉDITO: cuando ya decidiste la vivienda que comprarás, elige la “Entidad Financiera” que integrará tu expediente y que va a formalizar tu crédito. (tienes hasta el 31 de agosto para integrar tu expediente en una Entidad Financiera).
3. FIRMA TUS ESCRITURAS: ya que tu expediente está completo y se verificó el monto de tu crédito, la Entidad Financiera y el Notario programarán una fecha de firma. (tienes hasta el 29 de octubre para programar la fecha de firma de escrituras).

ELIGE TU VIVIENDA:
• Puedes consultar en el portal del FOVISSTE la oferta de vivienda nueva registrada en todo el país (www.fovissste.gob.mx)
• Visita los desarrollos donde te interese comprar.
Aclara todas las condiciones:
• De pago
• Ubicación exacta en el conjunto habitacional o edificio
• Del precio total
• Del tiempo de entrega

**********ESTAS CONDICIONES DEBERÁN ESTAR ESTIPULADAS EN EL CONTRATO DE COMPRA-VENTA**********

• Evita problemas y antes de firmar cualquier documento, asegúrate de haberlo leído y estar de acuerdo con todos los términos y condiciones.
• La vivienda que elijas deberá encontrarse totalmente terminada y con todos los servicios.
• En caso de vivienda usada deberá tener una vida útil remanente, al menos de 30 años.
• Asegúrate que cualquier pago por apartado o enganche de la vivienda debe formar parte del precio total y quedar registrado en las escrituras.

**********RECUERDA QUE TÚ ESCOGES LIBREMENTE TU VIVIENDA Y QUE TODOS LOS TRÁMITES SON GRATUITOS**********.

FORMALIZA TU CRÉDITO:
• También la empresa constructora o inmobiliaria pueden integrar tu expediente y llevarlo a la Entidad Financiera.
• Consulta en el portal de FOVISSSTE el directorio de Entidades Financieras que están autorizadas para formalizar tu crédito.
• Para iniciar la integración de tu expediente deberás mostrar el original para cotejar y entregar copia legible de:
• Identificación oficial vigente, con fotografía y firma.
• Cédula de la Clave única de Registro de Población (CURP).
• Solicitud de registro (Debes tenerla de cuando te inscribiste, (si no, la entidad financiera te la facilitará).

• Es tu obligación dar seguimiento al avance del trámite de tu crédito en el sistema; accesa al portal del FOVISSTE en el área de consultas y selecciona la opción “Estado de Trámite de tu solicitud de Crédito”. Deberás solicitar tu contraseña y registrar un correo electrónico a donde se tu pueda enviar, así como tener el número de tu expediente a la mano.

• Asegúrate que el avalúo se refiera a la vivienda que vas a comprar.

**********NO ACEPTES AVALUOS DE CASAS QUE NO ESTÉN TERMINADAS**********

FIRMA TUS ESCRITURAS.
• Cuando llegue la fecha de firma de las escrituras debes acudir ante el Notario Público y presentar una identificación oficial.
• Deberás mostrar al Notario Público el original para cotejar y entregar copia legible de:
- Recibo de pago de la última quincena cobrada.
- Comprobante de domicilio.

• También puede solicitar tu acta de nacimiento y el de tu cónyuge, así como el acta de matrimonio, si fuera el caso.
• Los honorarios notariales por la formalización del contrato de mutuo y la inscripción en el Registro Público de la Propiedad, se pagarán por mitad entre el FOVISSSTE y tú, de acuerdo con los aranceles aplicables en el D.F. tu 50% puede ser objeto del crédito sin que el monto de éste se incremente, o puedes pagarlo directamente.
• Los impuestos y derechos de la escrituración estarán a tu cargo.

**********EL FOVISSSTE solo te da el crédito, por lo que todo arreglo que celebres con el vendedor, será considerado como un acuerdo entre particulares**********

Enlisto el nombre de algunas Entidades Financieras:
• BANCO DEL BAJIO (www.bb.com.mx)
• FINANCIERA BAJIO (www.finpatria.com)
• BANAMEX (www.banamex.com)
• BANCOMER (www.bancomer.com)
• HIPOTECARIA NACIONAL (www.hipnal.com.mx)
• CASAMEXICANA (www.hcasamex.com.mx)
• CITY HOME (cityhomedelcentro.com.mx)
• HIPOTECARIA corporacionhipotecaria.com.mx)
• CRÉDITO INMOVILIARIO (crédito-inmoviliario.com.mx)
• CRÉDITO PARA TI (www.creditoparati.com.mx)
• CRÉDITO Y CASA (www.creditoycasa.com)
• EQUIPA-T (equipat.com)
• FINA SOFOM (www.finasofom.com.mx)
• FINCASA (www.fincasa.com.mx)
• FINPATRIA (www.finpatria.com)
• HIPOTECARIA INDEPENDIENTE (www.hipotecariaindependiente.com.mx)
• ING HIPOTECARIA (www.hipotecaria.ing.com.mx)
• FINANCIERA (www.lif.com.mx)
• LINEA APROBADA (www.lineaaprobada.com.mx)
• PATRIMONIO HIPOTECARIA (www.patrimonio.com.mx)
• SCOTIABANK (www.scotiabankinverlat.com)
• SENSA (www.sensasofom.com)
• SOFOMEX
• SU CASITA (www.sucasita.com.mx)
• HIPOTECARIA VÉRTICE (www.hipotecariavertice.com.mx)

RECUERDA QUE:
• Tienes hasta el 31 de agosto para integrar tu expediente en una Entidad Financiera.
• Tienes hasta el 15 de Septiembre para hacer cambios de modalidad de línea de crédito.
• Tienes hasta el 29 de octubre para programar la fecha de firma de escrituras.
• Tienes que firmar tus escrituras antes del 15 de Diciembre.


FUENTE: FOVISSSTE.

miércoles, 30 de junio de 2010

¿qué es un crédito hipotecario y cuándo utilizarlo?

¿Qué es un crédito hipotecario?

Cuando se quiere adquirir una casa que tiene un valor muy alto, y no se tiene el dinero para pagarla de contado; un crédito hipotecario representa una oportunidad de adquirirla, sin tener que aportar de golpe una cantidad importante de dinero.

Un crédito hipotecario es un préstamo que se hace a largo plazo, el cual está respaldado en la hipoteca de la casa que se compra. Si tiene la intención de solicitar un crédito hipotecario, es necesario que antes analice si esta en condiciones de tener uno, para saberlo, conteste las siguientes preguntas:

¿De mis gastos normales, cuánto puedo ahorrar para pagar un crédito?
¿Soy constante en mis ahorros?
¿Tengo algún otro crédito que esté pagando?
¿No he fallado en mis pagos?

¿Cuándo se debe usar un crédito hipotecario?

El adquirir un crédito hipotecario no debe convertirse en una gran carga que nos impida solventar los gastos más necesarios, por ello, los pagos que debemos hacer de un crédito no deberían de representar más de un porcentaje que definamos (tal vez 25% o 30%), pues debemos tomar en cuenta que al contratar el crédito, significa comprometerse a pagar esa cantidad durante muchos años. Por lo tanto, el crédito lo debemos tomar solo:

Cuando no tenemos el dinero suficiente para comprar la casa.
Cuando no representa una carga pesada de nuestro sueldo.

fuente: economia.com
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